El uso de las patinetas eléctricas en Colombia, cada día es más frecuente, no solo entre adultos, los más jóvenes, ven en ellas un medio de transporte económico. Si tiene una tenga en cuenta que entra en vigor la ley que regula uso de patinetas eléctricas y pueden haber sanciones.
¿Cuál es la Ley de las patinetas eléctricas?
Hablamos de la Ley 2486 de 2025, que dicta las normas para el uso adecuado de vehículos eléctricos livianos, como las patinetas.
En esta ley que regula uso de patinetas eléctricas en Colombia, se habla de cómo debe ser su uso, por qué vías se puede transitar, la velocidad máxima en cada una de ellas, la edad de uso y la sanción en caso de imcumplir dichas normas.
Lo que antes era una moda para unos cuantos, se ha popularizado a tal punto que los menores de edad las usan para ir de casa al colegio, sin importar si lo hacen por vías principales o si llevan o no, accesorios de protección.
Por otro lado está el tema de los peatones, que se han visto afectados por la circulación de estos vehículos en los andenes. O en las calles a velocidades que impiden un correcto flujo vehícular.

Vehículos de uso individual de menos de 1000 W de potencia
Comenzamos con las reglas que cita la Ley 2486 de 2025 y son:
- Edad mínima para usar la patineta en las calles, es de 16 años.
- Los usuarios entre los 12 y los 15 años, deberán circular únicamente por las ciclorrutas.
- Está prohibido circular con ellas por los andenes.
- En las ciclorrutas podrán llegar a una velocidad máxima de 25 km/h
- Mientras que en las calles autorizadas, podrán circular a 40 km/h.
- No puede viajar acompañado, el vehículo es de uso individual.
- No se pueden manejar estos vehículos si ha consumido licor o sustancias psicoactivas.

Equipo de protección y visibilidad
Además de cumplir con las normas antes citadas, hay que llevar prendas de vestir y accesorios especiales como:
- Prendas reflectivas para mejorar su visibilidad entre las 6:00 pm y las 6:00 am.
- Adicionalmente se deberán usar con casco.
- Sistemas de iluminación delantera y trasera.
Lógicamente las normas de tránsito cubren a estos vehículos, por lo que deberán anunciar con tiempo giros y detenciones, para que los otros actores de las vías sepan los movimientos que harán los usuarios de estas patinetas eléctricas.
¿Si no conozco las normas, igual me rigen?
Claro, el desconocer las normas de tránsito o las que corresponden directamente a los usuarios de las patinetas, no significa que no tengan que responder por sus infracciones. Éstas están tipificadas en el artículo 131, literal G del Código Nacional de Tránsito y cometer una falta puede costarle alrededor de $350.000.
Mira el video sobre la Ley que rige uso de patinetas eléctricas en Colombia
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